Metropolitan International Schools, había presentado una demanda contra Google y contra algunos medios on-line, a causa de los comentarios presuntamente difamatorios que aparecían sobre la empresa en los resultados de las búsquedas.
Según el juez David Eady, Metropolitan International no tenía ninguna posibilidad razonable de éxito de atribuir la responsabilidad de los comentarios a Google. El buscador automático de Google rastrea la web e indexa contenido sin ninguna intervención humana, indicó el juez Eady. Como tal, señaló el magistrado, Google no puede ser considerado un editor de acuerdo a la ley inglesa.
Google no había autorizado ni causado la aparición de los comentarios en la pantalla de la computadora de los usuarios, indicó el magistrado en una decisión con fecha del 16 de julio.
Sólo jugó, al ofrecer su servicio de búsqueda, el papel de facilitador, sentenció el juez.
Este fallo contrasta con las decisiones que nuestra justicia a tomado en esta materia, y me refiero a los fallos contra Yahoo y Google.
Si bien es cierto que las fallos dictados en Argentina, son sólo medidas cautelares, que buscan resguardar un bien jurídico en forma preventiva, y a la fecha NINGÚN tribunal se ha expedido sobre el fondo del asunto, es decir, sobre la responsabilidad de los buscadores por los daños causados, todo pareciera indicar que es solo cuestión de tiempo.
Muchas de estas medidas cautelares trabadas, han sido fundadas por los jueces a partir de una visión objetiva de la responsabilidad, sin evaluar la conducta seguida por los buscadores ni su licitud o ilicitud. Que para decirlo en muy pocas palabras respondería a este razonamiento:
Internet puede constituir un medio para afectar los derechos de las personas, si tu utilizas Internet para lucrar y llevar adelante un negocio, debes entonces responder por las consecuencias negativas que la utilización de Internet pueda traer aparejada.
Si bien en principio, desde un punto de vista moral o deontológico no parecería reprochable esta conclusión, la cuestión es que con igual criterio podríamos considerar responsables no solo a los buscadores, sino también por ejemplo, a los proveedores de conectividad, a los desarrolladores del software que hacen posible que podamos usar Yahoo o Google, y porqué no a los propios fabricantes de equipos….. y así indefinidamente. Evidentemente esta cadena debe tener un límite, de otra forma vamos a terminar todos siendo responsables de cualquier cosa que pase en Internet. Ok pero ¿quien y como fija ese limite sin incurrir en arbitrariedades ni subjetividades?, ¿es realmente Internet una cosa “peligrosa” en si misma que implique la aplicación de la teoría de la responsabilidad objetiva? ¿no debiera acaso el análisis centrarse en el verdadero autor del comentario, post, o contenido perjudicial, tal como lo sostiene el juez inglés?
Andrés San Juan.

