Feb 18

Pareciera ser que Nic Ar esta dispuesto a tomar medidas con todos aquellos dominios que hubieren sido registrados  con datos falsos y/o cuya entidad de registro responda a un nombre de fantasía.  Refiriendo a datos que no sean correctos o entidades que respondan a nombres inexistentes, busca poner fin a un período de registraciones de dominios, en donde los datos de contacto eran completados por un simple formulismo que a la postre no cumplían con la finalidad de contacto con quien efectuó el registro.

Lo cierto es, que el “velo” que intentaba poner la entidad registrante en busca de evitar cualquier reclamo y/o responsabilidad con un dominio, frustraba todo intento de contacto por parte del Nic o bien de un tercero. Sin embargo, atendiendo a la normativa que establece el Nic, este actuar determinaba un riesgo también para el registrante, puesto que su dominio corría el riesgo de ser dado de baja si quien tenía un interés legítimo ponía en conocimiento del Nic dicha situación. Sin embargo, no han sido tantos los casos en que se ha peticionado la baja y reasignado a otra entidad.

Ahora bien, sabido es que a partir de abril del corriente, Nic dará de baja a todos aquellos dominios y entidades registrantes en caso de falsedad o inexactitud en sus datos, para lo cual da tiempo hasta entonces a los fines de su regularización.

Frente a esta situación, quien deba actualizar sus datos no tendrá mayor tarea que hacer el trámite online, pero quien precise cambiar el nombre de la Entidad debido a que se trata de un nombre de fantasía , la situación se presenta con mayor complicación. En efecto, únicamente podrá modificar la Entidad si existiere un error de tipeo, conforme lo indica Nic, con lo cual se presenta la necesidad de crear una nueva Entidad y posteriormente efectuar la transferencia de los dominios registrados a ésta última. Otra cuestión, radica en la imposibilidad de registrar una nueva Entidad quien ya hubiere efectuado una anterior, impidiendo de esta forma la creación de una nueva.

Un dato para tener en cuenta es quienes precisen transferir gran cantidad de dominios, pues solamente podrán efectuarlo vía web uno por uno.

Si bien el Nic reclama por decirlo de alguna manera, veracidad en la información brindada por parte de los registrantes, no concilia dicho proceder con una adecuada protección frente a la vulnerabilidad en que se encuentran los datos que están obligados a informar quienes efectúen registros. En efecto, es muy simple modificar la información brindada por las Entidades, pues con tan solo conocer su dominio y correo electrónico, se puede acceder al panel  de datos y efectuar los cambios que se deseen.

Agustina Marquiegui Mc Loughlin

agustina@estudiolexar.com.ar