Mar 25

Nuestra Ley de Propiedad Intelectual, dispone en su artículo primero que,

La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.

Con esta afirmación se deja sentada la postura que nuestros legisladores han sostenido (en coincidencia con legislaciones de muchos otros países) en torno a la protección de las ideas, y esta es justamente la ausencia de protección. La cobertura legal solo alcanza la expresión de la idea, es decir la faz externa, la concreción de esa idea con una finalidad determinada.

Pero ¿Qué es “idea” y qué es “expresión”?

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Mar 12

Recientemente, La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, en atención a lo establecido en la Ley 25.326 que regula el Tratamiento de datos personales, dispuso lo siguiente:

Artículo 1º — En las comunicaciones con fines de publicidad directa, el banco de datos emisor debe incorporar un aviso que informe al titular del dato sobre los derechos de retiro o bloqueo total o parcial, de su nombre de la base de datos, el mecanismo que se ha previsto para su ejercicio, con más la transcripción del artículo 27, inciso 3, de la Ley Nº 25.326 y el párrafo tercero del artículo 27 del Anexo I del Decreto Nº 1558/01.

Art. 2º — Establécese que cuando se efectúen envíos de comunicaciones de publicidad directa no requeridas o consentidas previamente por el titular del dato personal, deberá advertirse en forma destacada que se trata de una publicidad. En caso de realizarse dicha comunicación a través de un correo electrónico deberá insertarse en su encabezado el término único “publicidad”. Leer más »

Mar 10

Recientemente, AFIP y ANSES se convirtieron en certificadores licenciados de firma digital, la cual brinda un sistema de seguridad que permite conocer la autoría e integridad del documento, es decir su autor y que el mismo no ha sido alterado. La secretaría de Gabinete y Gestión Pública, además de entidad licenciante, actúa como autoridad certificante raíz, es decir tendrá la facultad de otorgar y revocar licencias a las entidades públicas y privadas que deseen operar como certificadores licenciados. Leer más »