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Hace algunos días tomo estado publico el accionar por parte de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) hacia la dueña de un cyber de Mar del Plata, quien denunció que fue intimada por dicha entidad al pago de una suma de dinero como consecuencia de la posibilidad que tienen los clientes del ciber de acceder a sitios webs con contenido de obras musicales.

Se indicó que se intenta cobrar ese derecho por la música que escuchan los clientes del ciber en las páginas web que visitan a través de las computadoras, basándose en la Ley de Propiedad Intelectual 11.723. Es decir, hace un intento de efectuar una equiparación con la música funcional por la cual efectivamente los locales y/o comercios destinados al público están obligados a pagar un canon por la ejecución pública de la música.

Dicha interpretación por parte de CAPIF escapa a mi entender todo tipo de razonamiento lógico aun cuando es sabido que hay que hacer un esfuerzo a la hora de su aplicación, en relación a su espíritu y antigüedad. En efecto, en el afán de alcanzar, en el caso al prestador de servicios de un ciber, da apoyatura al cobro del derecho de autor, haciendo uso de Ley anteriormente mencionada, que lejos esta de permitir una interpretación de la misma en forma tan elástica.

Empero, estimo más apropiado considerar la conducta analizada como inherente al uso de internet. Así, vemos que la información a la cual puede acceder el usuario en la red es infinitamente grande, no existiendo medios técnicos que sean capaces de limitar el acceso a la información restringida. En dicha inteligencia, mal puede el dueño de un ciber debido a que no esta hoy por hoy a su alcance, efectuar un control tal que deje tranquilo a SADAIC.

Pensar lo contrario, determinaría entonces cobrarle al fabricante de la computadora, al proveer del software, al proveedor de hosting, etc, etc, etc… todos ellos por formar parte de la cadena que permite que a través de la herramienta computadora que el usuario de un ciber escuche música (SIC).

Dra. Agustina Marquiegui Mc Loughlin

agustina@estudiolexar.com.ar